¿DE QUE VA ESTO DEL SEPA Y EL IVA DE CAJA?

¿DE QUE VA ESTO DEL SEPA Y EL IVA DE CAJA? – Las empresas españolas se enfrentan con la llegada del nuevo año 2014 a una serie de cambios normativos que desde la Unión Europea se exigen a las pymes y a los autónomos, fundamentalmente. Por un lado, el nuevo criterio denominado de caja del IVA, que ha entrado en vigor hoy 1 de enero, y por otro la Zona Única de Pago en Euros, que entrará en vigor el 1 de febrero.

Resulta curioso que la desinformación en este sentido es total, más de la mitad de los pequeños empresarios desconocen incluso la existencia de estas normativas de obligado cumplimiento.

Pero, ¿De que va todo esto del Sepa? La nueva normativa implica, por ejemplo, que no existirá límite en el importe de transacciones entre los Estados de la Unión y que los acreedores necesitarán la autorización del deudor a la hora de emitir facturas. Esto hará que el acreedor esté autorizado por el deudor para iniciar el cobro.

En cuanto a los plazos de reembolso, se aumenta el tiempo para poder devolver los recibos de 54 a 56 días, siempre y cuando el reembolso esté autorizado. Sin embargo, si no existiera un mandato de por medio justificando el importe de la factura el periodo llegaría a ser de hasta 13 meses. Las entidades pueden aceptar los cargos o rechazarlos en 10 días hábiles.

Algo que notarán también de forma notable las pequeñas empresas será que en los datos que deberán incluir según el  Sepa deberán especificar en el encabezado que están siguiendo el modelo de zona única de pago en euros, e incluir la referencia única del mandato, o sea, un código alfanumérico de 35 caracteres.

A partir de ahora, el Código Internacional de Cuenta Bancaria, el IBAN, es el identificador único de toda cuenta de pago a partir del 1 de febrero del 2016. De esta forma, el empresario no pagará el IVA hasta hasta que haya cobrado  la factura. A cambio, debe haber pagado a sus proveedores si quiere deducirse el IVA soportado.

Otra de las consecuencias es que se acentúa la burocracia pues quienes se acojan al IVA de caja tendrán que incluir en el libro el registro de las facturas expedidas, fechas de cobro, tanto parcial como total, y la cuenta bancaria o de abono. Este nuevo criterio de IVA tiene  excepciones para los regímenes especiales simplificados, es decir, para la agricultura, ganadería y pesca, y también para  los de recargo de equivalencia, oro en inversión y servicios prestados vía electrónica.

¿Y tu que opinas de todo esto? ¿Es un servicio de la Unión Europea para facilitar y beneficiar la labor de las pequeñas y medianas empresas o es una nueva imposición para controlarlas en un momento en que su situación es crítica y recurren, muchas de ellas, a métodos de economía sumergida para poder simplemente subsistir?

¿facilitar y beneficiar la labor de las pequeñas y medianas empresas o una nueva forma de controlarlas en un momento en que su situación es crítica?

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1 Comment

  1. ¿desde cuando los grandes hacen algo para beneficiar a los pequeños? nunca. esto no es sino para controlar un montón de dinero de la economía sumergida de los pequeños. economía sumergida, que dicho sea de paso, no es sino pequeñas “trampillas” sin las cuales millones de pequeñas empresitas y autónomos tendrían que cerrar. Dicho de otra forma, el nivel impositivo en Europa es tan injusto para los pequeños empresarios y autónomos, que si cumplen a “rajatabla” con la ley no les quedaría ni para comer. y mientras tanto, Montoro dando facilidades a todos esos ladronzuelos que nos han robado a manos llenas y se están librándo de la carcel.

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